Ley Bases: ¿qué sucederá con las indemnizaciones?

Noticias Destacadas
Compartir

Con la Ley Bases, el Senado aprobó la Reforma Laboral que reemplaza el sistema de indemnizaciones por un fondo de cese laboral.

Con 37 votos a favor, dos ausentes y la oposición de 33 senadores, la reforma impulsada por el Gobierno de Javier Milei cambia el sistema de indemnizaciones,  aumenta el período de prueba, posibilita la eliminación de multas por trabajo en negro y el blanqueo de delitos previos. Así, avala la tercerización, legaliza la precarización laboral y facilita los despidos.

Parte de modificaciones propuestas en la Ley Bases, que deberá volver a Diputados para la aprobación de los cambios, estaban incluidas en el capítulo laboral del DNU N°70/24. Sin embargo, su aplicación había sido suspendida por el Poder Judicial luego de un amparo presentado por la CGT.

Al aprobar la Reforma Laboral, el Senado ratificó la creación de un sistema que permite que, a través de convenios colectivos de trabajo, se reemplacen las indemnizaciones por despido por un «fondo de cese laboral».

El nuevo sistema establece que los trabajadores deberán aportar un 8% del salario a un fondo de cese laboral, a pesar de que no exista un posible despido. El fondo será reglamentado por el Poder Ejecutivo y los empleadores podrán optar entre contratar un servicio privado o autoasegurarse. Así, la norma busca que los empleadores, siempre beneficiados, no enfrenten costos adicionales al momento de los despidos.

«Los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado a su costo, a fin de solventar la indemnización prevista en el presente artículo y/o la suma que libremente se pacte entre las partes para el supuesto de desvinculación por mutuo acuerdo conforme artículo 241 de la presente ley. En todos los casos, las empresas podrán auto-asegurarse en el sistema que se defina», indica la ley en su artículo 92.

Otras de las medidas que esta nueva ley alcanza con respecto a lo laboral son:

  • Extiende el período de prueba: la normativa extiende la jornada de prueba o período de «pasantía», actualmente de tres meses, a seis meses para empresas de más de 100 trabajadores, de 8 meses para PyMES que emplean entre 6 a 99 trabajadores, y de un año para mini pymes de hasta 5 trabajadores. Es decir que trabajadores de pequeñas empresas podrán ser depedidos sin indemnización luego de haber trabajado un año.
  •  Elimina las multas por trabajo en negro: los empleadores ya no serán multados por no registrar a sus empleados y ya no deberán pagarles doble indemnización a los trabajadores despedidos que no recibieron aportes.
  • Trabajadores estatales pasan a disponibilidad para ser despedidos:  la Ley Bases establece que los trabajadores estatales pasan a situación de disponibilidad por un año para después ser despedidos. «Los agentes que se encontraren en situación de disponibilidad deberán recibir la capacitación que se les imparta o desarrollar tareas en servicios tercerizados del Estado. Cumplido el término de disponibilidad, sin que el trabajador hubiera formalizado una nueva relación de trabajo, quedará automáticamente desvinculado de la Administración Pública Nacional», dispone la normativa.
  • Facilita la flexibilización laboral: Una empresa podrá contratar a cinco trabajadores sin considerarse un empleador y quedará eximido de responsabilidades. «El trabajador independiente podrá contar con hasta otros cinco (5) trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo y podrá acogerse a un régimen especial unificado que al efecto reglamentará el Poder Ejecutivo nacional», sostiene la ley.
  • Dispone una moratoria para evasores: La Reforma quita penas a los empresarios que hayan tenido trabajadores de manera irregular y  borra todos los posibles delitos aplicables. «Los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la presente ley. La regularización podrá comprender relaciones laborales no registradas o relaciones laborales deficientemente registradas», indica.
  • Permite la terciarización laboral:  En la actualidad si un trabajador tercerizado está en negro o es despedido, la empresa que lo emplea es responsable de su situación laboral. Ahora, esa «solidaridad» en la responsabilidad se elimina. «Mediación. Intermediación. Solidaridad. Subsidiariedad. Los trabajadores serán considerados empleados directos de aquellos que registren la relación laboral, sin perjuicio de haber sido contratados con vistas a utilizar su prestación o de proporcionarlos a terceras empresas», afirma el artículo 87.

Fuente: El Destape.


Compartir