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El conductor que causó la muerte de Alan en Ruta 1 no podrá manejar, salir de la Comarca ni tomar alcohol

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El 11 de agosto del 2024, minutos antes de las 04 de la madrugada, Federico Ignacio Navarré circulaba por la Ruta provincial Nº 1 en su vehículo Volkswagen Virtus con más de 2 gramos de alcohol en sangre. Sobre el kilómetro 08 invadió el carril contrario y se generó un impacto contra una Renault Duster donde viajaba Luis y Victoria Alan.

 

Luis Alan sufrió fracturas en su zona izquierda, un traumatismo frontal con edema, lo que generó la consecuencia de un traumatismo cerrado de tórax causando su muerte horas después en el hospital Zatti. Victoria sufrió varios politraumatismos.

 

“Con la conducta descrita, Federico Ignacio Navarré infringió los artículos 39 inciso A y B, 40 Inciso A y C, 48 Inciso A, C, D y J y artículo 50 de la Ley 24449 de la Ley Nacional de Tránsito”, fundamentó el fiscal del caso sobre el hecho.

 

La causa está caratulada como “homicidio culposo agravado”, por haber sido cometido con negligencia, por la conducción anti reglamentaria de un vehículo con motor, por encontrarse con un nivel de alcoholemia superior a un gramo por litro de sangre y lesiones leves culposas en concurso ideal, siendo Navarré responsable a titulo de autor de conformidad con los artículos 45 y 84 bis primero y segundo párrafo, 94 y 54 del Código Penal.

 

La querella en representación de Damián Torres solicitó una serie de medidas cautelares planteadas en un bloque acusatorio junto a la fiscalía.

 

Torres solicitó que Federico Navarré no pueda salir de la Comarca Viedma y Patagones, para asegurar que no pueda ir a otra localidad y que este a derecho. Se requirió que tampoco conduzca vehículos por el plazo de la investigación y que no consuma alcohol ni ingresar a lugares de expendios masivos de bebidas alcohólicas como por ejemplo el casino.

 

Torres argumentó respecto a los pedidos, que Navarré no se fugó del lugar del accidente ni tuvo ningún tipo de actitud que haga presumir que estando en libertad vaya a eludir el accionar de la justicia. También se mencionó que tiene arraigo en Viedma por ser comerciante por lo que no se solicitó una medida de prisión preventiva mientras dure la etapa de investigación hasta una posible fecha de juicio.

 

El hecho, tal cual está calificado tiene una escapa penal que va de 3 a 6 años de prisión, por lo que podría recaer en una pena efectiva. El juez Juan Brussino Kain dio por acreditados los pedidos de fiscalía y querella y Navarré debe responder a los pedidos de medidas cautelares por el plazo de 4 meses.

 

 

 

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