Cuando el importe declarado exceda los 100 mil dólares estadounidenses, se deberá pagar el Impuesto Especial de Regularización, que será coparticipable.
El blanqueo se encuentra dividido en diferentes etapas y contempla menores alícuotas para quienes antes adhieran. Además, quienes adhieran quedan liberados del pago de los impuestos nacionales que hubieran omitido ingresar y que tuvieran origen en los bienes declarados, así como de las respectivas obligaciones accesorias.
Al ingresar al blanqueo, también se libera de cualquier acción civil y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas a los contribuyentes, mientras que también se extinguirán todas acciones penales, excepto las iniciadas por particulares que hubieran sido perjudicados.
Los contribuyentes que adhieran estarán eximidos del pago del impuesto sobre los Ingresos Brutos, en relación con los ingresos que hubieran omitido declarar por períodos fiscales no prescriptos al 31 de diciembre de 2023.
Asimismo, aquellos que no se encontraban inscriptos en dicho impuesto al momento de acogerse al régimen, podrán regularizar su situación fiscal y acceder a los beneficios. Se plantea también la liberación de toda acción civil por delitos de la ley penal tributaria y demás sanciones relacionadas con el incumplimiento de obligaciones o a causa del origen en los bienes, créditos y tenencias que se declaren y regularicen.
Además, quedarán exentos de las multas y demás sanciones que pudieren corresponder en virtud de las disposiciones del Código Fiscal Provincial con respecto a los bienes exteriorizados. Respecto del impuesto de sellos, se exime del mismo a los actos, contratos y operaciones que se exterioricen en virtud del acogimiento al blanqueo nacional.